Cambios de Carrera e Institución 2012

1.- Antecedentes previos

Considerando la normativa establecida por el Mineduc para la asignación y renovación de beneficios educacionales, esta Secretaría de Estado ha establecido un procedimiento formal para el proceso de Cambios de Carrera y/o Institución para el año 2012, sin que éste implique la pérdida del beneficio otorgado.

Con el objeto de evaluar la situación de aquellos estudiantes que necesitan mantener sus beneficios y solicitan el análisis y consideración de su caso, se establece el presente proceso para cambios de carrera y/o institución.

Cabe destacar, que los cambios de carrera dentro de la misma institución, para la mantención de becas o FSCU, no se exigirá la entrega por parte del estudiante del Formulario de Cambio de Institución. Este formulario sólo será exigible para cambio de Institución.

IMPORTANTE: Los estudiantes nuevos, que hayan postulado al programa de becas y créditos 2012 como alumnos nuevos y tengan asignación 2012, no podrán mantener sus beneficios asignados años anteriores.

 

2.- Requisitos y consideraciones generales

  1. Este proceso contempla a alumnos que al año 2011 poseían:

      • Alguna beca Ministerial y desean efectuar un cambio de carrera y/o institución para el año 2012.
      • Fondo Solidario de Crédito Universitario otorgado el año 2006 o posterior y que deseen cambiarse de institución el año 2012. Los cambios de carrera dentro de la misma institución no deben tramitar la solicitud por que se les autoriza un cambio por única y exclusiva vez.

  2. La fecha tope de recepción de las solicitudes en la Institución de Educación Superior, a la cual el alumno se cambia,   es hasta el día 15 de marzo del año 2012. No se aceptarán solicitudes posteriores a esa fecha.
  3. Es requisito para participar del proceso, no haber solicitado cambio de carrera y/o Institución anteriormente y no haber excedido el máximo de semestres establecido como duración del beneficio.
  4. El estudiante, debe cumplir obligatoriamente con los requisitos de renovación establecidos para la mantención del beneficio que posee. 
  5. La nueva institución y/o carrera en la cual el alumno efectuará la nueva matrícula, debe cumplir los mismos requisitos de la institución y/o carrera para la cual se le asignó el beneficio.
  6. La aprobación de Cambio de Carrera y/o Institución, no implica una modificación en el máximo de duración del beneficio respecto al de la carrera para la cual se le asignó inicialmente.  Será responsabilidad del alumno financiar los años extras que se generen como consecuencia del cambio de carrera.
  7. No se generará en ningún caso pagos retroactivos como consecuencia de cambios de carrera y/o institución.
  8. Al formulario de solicitud de cambio de institución es necesario anexarle el avance académico del beneficiado del año 2011 correspondiente a la institución antigua.

3.- Cronograma

CAMBIOS DE CARRERA ESTUDIANTES CURSOS SUPERIORES FECHAS RESPONSABLE
Presentación de antecedentes en la Institución de Educación Superior

Hasta el 15 Marzo 2012

Estudiante
Publicación de Resultados Cambios de Carrera

Abril 2012

MINEDUC

Por último, cabe señalar que cualquier información recepcionada con posterioridad, no será considerada válida y por ende, no podrá procesarse.

IMPORTANTE A TENER EN CUENTA

1.- LOS ALUMNOS QUE CAMBIEN DE CARRERA DENTRO DE UNA MISMA INSTITUCIÓN NO DEBEN LLENAR EL FORMULARIO DE SOLICITUD DE CAMBIO DE INSTITUCIÓN, SOLO DEBEN SER INFORMADOS POR LA INSTITUCIÓN EN EL PROCESO DE RENOVACIONES 2012.

2.- LOS CAMBIOS DE INSTITUCIÓN DEBEN PRESENTAR FORMULARIO DE CAMBIO DE INSTITUCIÓN Y AVANCE ACADÉMICO COMPLETO DE LA ANTIGUA INSTITUCIÓN AL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR ESTUDIANTIL, O EL CORRESPONDIENTE, DE LA NUEVA INSTITUCIÓN.

3.- LA NUEVA CARRERA Y/O NUEVA INSTITUCIÓN DEBE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS NECESARIOS PARA LA ASIGNACIÓN DEL BENEFICIO. NO SE FINANCIARÁN INCOMPATIBILIDAD DE REQUISITOS. EJEMPLO, BECA NUEVO MILENIO CAMBIO DE CARRERA TÉCNICA A PROFESIONAL O BECA DE PEDAGOGÍA DE CARRERA DE PEDAGOGÍA A INGENIERÍA.

4.- LA BECA SE RENOVARÁ SOLO POR LOS SEMESTRES DE LA CARRERA DE ASIGNACIÓN INICIAL, NO SE MODIFICA LA DURACIÓN DEL BENEFICIO. LOS AÑOS O SEMESTRES EXTRAS QUE SE GENEREN POR UN CAMBIO DE CARRERA Y/O INSTITUCIÓN DEBERAN SER FINANCIADOS POR EL ESTUDIANTE.

A continuación, se presenta el Formulario de cambio de Institución de Educación Superior que debe presentar el beneficiado en la IES nueva.

DOCUMENTOS PARA DESCARGAR:

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